Obligaciones clave para sujetos obligados no financieros según la Ley 155-17

Ene 30, 2025 | Derecho Inmobiliario, Fideicomiso

El cumplimiento normativo en materia de lavado de activos se ha convertido en una prioridad para empresas y profesionales en la República Dominicana. La Ley No. 155-17 contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo establece responsabilidades claras para los Sujetos Obligados No Financieros (SONF). Si formas parte de este grupo, es crucial que entiendas tus obligaciones para proteger tu negocio y evitar sanciones legales.

 

¿Quiénes son los Sujetos Obligados No Financieros?

Entre los SONF se encuentran agentes inmobiliarios, abogados, contadores,

comerciantes de bienes de lujo, y otras personas o empresas que pueden facilitar transacciones económicas significativas.

 

Tus principales responsabilidades incluyen:

1. Identificación de clientes: Verificar la identidad de tus clientes y evaluar el
propósito de la relación comercial.
2. Reporte de operaciones sospechosas: Informar cualquier transacción que pueda implicar lavado de activos.
3. Políticas internas de cumplimiento: Diseñar e implementar medidas para
mitigar riesgos.
4. Capacitación del personal: Garantizar que todos los empleados comprendan las normativas y sepan cómo aplicarlas.

5. Conservación de registros: Mantener un archivo detallado de las operaciones por al menos 10 años.

 

¿Cómo puede ayudarte PACTA?

En PACTA entendemos la importancia de cumplir con las normativas en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo para proteger la integridad y reputación de tu empresa. Ofrecemos un servicio integral personalizado que incluye la elaboración de programas de cumplimiento, políticas y procedimientos internos, y capacitaciones especializadas para su personal. Además, acompañamos a nuestros clientes
en la elaboración de reportes regulatorios, y en la identificación y mitigación de riesgos.