Teletrabajo en República Dominicana: obligaciones del empleador según la normativa actual
El teletrabajo dejó de ser una medida temporal para convertirse en un modelo permanente en muchas empresas de República Dominicana. Sin embargo, aunque la legislación local aún no cuenta con una ley específica, el Código de Trabajo, diversas resoluciones administrativas y los criterios de la OIT sirven como marco para determinar qué obligaciones recaen sobre los empleadores.
En este blog te explicamos qué exige la normativa vigente, cómo documentar correctamente la modalidad remota y cuáles son los riesgos legales de no cumplir con estas obligaciones.

¿Qué se considera teletrabajo en República Dominicana?
Aunque el Código de Trabajo no define de manera expresa el teletrabajo, se interpreta como una modalidad en la que el empleado presta servicios desde un lugar distinto al centro físico de trabajo, utilizando tecnologías de la información para comunicarse y ejecutar sus funciones.
Esto aplica para:
- Modalidad 100 % remota
- Modalidad híbrida
- Trabajo desde el extranjero bajo acuerdo previo
- Freelancers o contratistas según condiciones del contrato
Obligaciones del empleador al implementar teletrabajo
a) Documentar por escrito las condiciones del teletrabajo
- El contrato debe incluir:
- Horario y disponibilidad
- Herramientas de trabajo provistas
- Responsabilidad por daños, pérdida o mantenimiento
- Políticas de seguridad informática
La ausencia de un acuerdo escrito puede ser considerada una violación al deber de organización del empleador.
b) Proveer los equipos y herramientas necesarias
El empleador debe garantizar:
- Laptop, celular corporativo o software especializado
- Conectividad o compensación por gastos (según política interna)
- Acceso seguro a plataformas o sistemas
No puede exigirse al trabajador que aporte sus propios equipos, salvo pacto expreso y razonable.
c) Respetar el horario laboral y el derecho a desconexión
Aun en teletrabajo, aplican todas las reglas del Código de Trabajo:
- Jornada ordinaria
- Horas extras
- Descansos
- Supervisión razonable
Se recomienda implementar una política formal de desconexión digital para evitar reclamos por disponibilidad continua.
d) Garantizar la salud y seguridad del trabajador
El empleador sigue siendo responsable de prevenir riesgos laborales, incluso si el empleado trabaja desde casa. Debe:
- Orientar sobre ergonomía y ambiente seguro
- Proveer protocolos en caso de accidentes
- Documentar capacitaciones
Los accidentes ocurridos durante la jornada de teletrabajo pueden ser considerados accidentes laborales.
e) Proteger datos personales e información corporativa
En teletrabajo, los riesgos de fuga de información aumentan.
El empleador debe implementar:
- Políticas de confidencialidad
- VPN y acceso seguro
- Restricciones de uso de dispositivos personales
- Capacitación sobre ciberseguridad
¿Qué riesgos legales enfrenta una empresa si no regula el teletrabajo?
- Demandas laborales por horas extras no reconocidas
- Reclamos por accidentes o enfermedades laborales
- Filtraciones de datos y responsabilidad civil
- Conflictos por uso indebido de equipos
- Dificultad para supervisar desempeño y cumplimiento
- Sanciones administrativas según la normativa laboral vigente
El riesgo principal surge cuando el teletrabajo se maneja de forma informal o sin documentación adecuada.
El teletrabajo seguirá creciendo en la República Dominicana, y las empresas que lo implementen correctamente estarán mejor preparadas para atraer talento, evitar conflictos laborales y cumplir con las obligaciones legales.
En PACTA, acompañamos a empresas en la redacción de contratos, políticas internas, protocolos de ciberseguridad y estrategias laborales para una adopción segura del teletrabajo.
